Otorga Gobierno capitalino facilidades administrativas para beneficios fiscales en los derechos de suministro de agua

Publicado el 22 Febrero 2021

La Secretaría de de Administración y Finanzas (SAF) publicó el Programa General de Regularización Fiscal, que tiene por objeto otorgar facilidades administrativas para aplicar los beneficios fiscales de una reducción equivalente al 50 por ciento de la cuota bimestral en los Derechos por el Suministro de Agua, determinados por Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), dada la situación de emergencia sanitaria a los siguientes contribuyentes:

Jubilado, Pensionados por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad por riesgos de trabajo, o por invalidez, Viudas y huérfanos pensionados. Mujeres separadas, divorciadas, jefas de hogar y madres solteras; todas ellas que demuestren tener dependientes económicos y personas con discapacidad permanente, adultos mayores sin ingresos fijos y escasos recursos.

Para acceder a las facilidades administrativas que otorga el programa, los contribuyentes que hayan aplicado a los beneficios durante el ejercicio fiscal 2020, podrán seguir aplicando a los mismos durante el ejercicio fiscal 2021, siempre y cuando las condiciones por las que se les hubieren otorgado dichos beneficios no hayan cambiado.

SACMEX desarrollará lo necesario para que el beneficio fiscal correspondiente, se vea reflejado en las boletas de Derechos por el Suministro de Agua de los bimestres correspondientes al ejercicio fiscal 2021, sin que exista la necesidad de que los contribuyentes deban presentarse a las oficinas del SACMEX a fin de acreditar su condición particular.

Los contribuyentes que por primera ocasión deseen acogerse a los beneficios, exclusivamente por concepto de los Derechos por el Suministro de Agua, podrán acceder a las facilidades administrativas que otorga el presente Programa y realizar el trámite correspondiente ante el SACMEX vía remota o generando una cita a través del portal del SACMEX, a fin de poder realizar el trámite correspondiente de manera presencial

Los contribuyentes podrán:

Presentar vía remota y en formato PDF los documentos referidos en la resolución por la que se validan los lineamientos que deben cumplir los contribuyentes para hacer efectivas las reducciones de contribuciones a que se refiere el capítulo XI del título tercero del libro primero del código fiscal de la Ciudad de México en las administraciones tributarias o auxiliares, en su caso, ante SACMEX y notarios públicos de la Ciudad de México, publicada el 1 de junio de 2018 en la Gaceta Oficial, a fin de acreditar alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 281 y 282 del Código, en el correo electrónico tramites281@sacmex.cdmx.gob.mx

Asimismo, el contribuyente deberá proporcionar una dirección de correo electrónico a fin de recibir las notificaciones correspondientes.

Generar una cita a través del Sistema de Citas disponible en la página electrónica del SACMEX https://aplicaciones.sacmex.cdmx.gob.mx/citasSacmex/, a fin de poder presentar la documentación de manera presencial, y con ello acreditar alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 281 y 282 del Código

En el caso de inmuebles en copropiedad, los contribuyentes deberán remitir la escritura pública para acreditar el nombre de los copropietarios.

Para acceder a la presente facilidad administrativa todos los copropietarios deberán ubicarse en alguno de los supuestos, debiendo enviar cada uno de los copropietarios su documentación respectiva.

Los documentos enviados serán revisados por SACMEX, una vez validados los mismos y se corrobore que el contribuyente cumple con los requisitos para ser sujeto del beneficio fiscal de que se trate, de conformidad con la normatividad aplicable, se remitirá al correo electrónico proporcionado por el contribuyente la respuesta que resulte del análisis realizado por SACMEX, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de la recepción de los documentos en cuestión por SACMEX.

Este programa entra en vigor hoy, lunes 22 de febrero y hasta el 31 de diciembre de 2021.

Asimismo, para más información sobre este programa, consultar la Gaceta Oficial en el siguiente enlace: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/54b9a58c5d4d17a58004a983dc5b5fa3.pdf