Mensaje del secretario de Vivienda, Inti Muñoz Santini, en Conferencia de Prensa, en seguimiento del derrumbe en San Antonio Abad 124
SECRETARIO DE VIVIENDA, INTI MUÑOZ SANTINI (IMS):Muy buenas tardes, compañeras y compañeros; amigas y amigos de los medios de comunicación.
Sobre lo dicho el día de hoy en la alcaldía Cuauhtémoc, es importante aclarar diversos puntos. En primer lugar, desde el primer momento, con instrucciones de la jefa de Gobierno, se estableció contacto con las familias de las víctimas del derrumbe de San Antonio Abad 124, ocurrido el pasado 9 de marzo, quienes han comenzado a recibir los apoyos correspondientes, por parte de la empresa encargada de la demolición. Esto, bajo la supervisión de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Es importante también señalar, que un funcionario del Gobierno de la Ciudad de México se encuentra a disposición de cada una de las familias, para poder brindarles atención integral.
Ahora bien, en primer lugar, lo queremos decir muy claro: la ley no está hecha para interpretarse a modo, sino para cumplirse. Y como servidores públicos, estamos sujetos a conocerlas; a conocer las leyes, las normas, los reglamentos y a cumplir con todas las responsabilidades que de ahí se derivan y que esas normas y reglamentos indican.
Segundo. Nos interesa aclarar una vez más, una vez más, los tramos de responsabilidad y de control sobre los procesos de demolición, demolición de edificios particulares, en el marco de la atención a los edificios dañados por el sismo del 19 de septiembre de 2017.
En primer lugar, la vigilancia y verificación de demoliciones y construcciones, corresponden a las alcaldías, con o sin acuerdo de facilidades. El acuerdo de facilidades administrativas, para obras relacionadas con la reconstrucción, no otorga licencias. Es un mecanismo para agilizar el inicio de una obra, relacionada con la reconstrucción.
De acuerdo al numeral quinto, inciso tres, de la Resolución de Carácter General, mediante la cual se otorgan facilidades —las facilidades ya mencionadas—, que fue publicada el 14 de marzo de 2025, y que en efecto cada año se actualiza, de acuerdo al artículo 32 de la Ley Orgánica de las alcaldías de la Ciudad de México; al artículo 14 inciso B, de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y al artículo 18, a los artículos 18 y 64, del Reglamento de Verificación Administrativa, es potestad exclusiva de las alcaldías, verificar las disposiciones legales y administrativas, en materia de construcción y demoliciones.
Lo repito: es potestad exclusiva de las alcaldías, verificar las disposiciones legales y administrativas, en materia de construcción y demoliciones.
Ejemplo de esto, es la obra de reconstrucción, a cargo de la Comisión para la Reconstrucción, de un edificio que fue dañado por el sismo del 17, ubicado en Avenida México número 11, en la colonia Hipódromo,, la cual fue visitada el pasado 9 de diciembre de 2025, con oficio de orden de fecha del 8 de diciembre de 2025, firmado por Obdulio Ávila, director general jurídico de Gobierno de la alcaldía Cuauhtémoc, obra que fue verificada por María Lucero López, adscrita a esta alcaldía.
Aquí está el oficio en donde la alcaldía Cuauhtémoc verificó una obra a cargo de la Comisión para la Reconstrucción; en ejercicio, por supuesto, de sus atribuciones.
Así como esta obra, se tiene toda la documentación y se tiene el registro de procesos de verificación, implementados por la alcaldía, en Ámsterdam 49, en Sonora 141, en avenida México 117, en Antonio Solá 71; obras que fueron visitadas y verificadas por la alcaldía Cuauhtémoc. Por cierto, verificaciones que fueron subsanadas correctamente.
Las facilidades administrativas para obras relacionadas con la reconstrucción, han estado en todo momento apegadas a la normatividad.
En oficio enviado el 20 de octubre de 2025 —como ya hemos informado—, un oficio que es público y claro, que tiene un número de oficio muy específico: C Vivienda/DPRIBS 410 2025, dirigido el 20 de octubre de 2025 a la alcaldía, se les informa que un particular solicitó llevar a cabo trabajos de demolición, buscando apegarse al acuerdo de facilidades administrativas.
La Comisión para la Reconstrucción, a través, además, del órgano colegiado que tiene para ello, en el que participa la alcaldía de Cuauhtémoc, determinó que las facilidades eran procedentes.
Este oficio, notificado el 24, de 2025, es el documento en el cual se le informa a la alcaldía Cuauhtémoc, que el otorgamiento de facilidades administrativas al inmueble denominado San Antonio Abad 124, no exime a los representantes del inmueble, así como a la empresa encargada de llevar a cabo los trabajos de demolición, de cumplir con los siguientes documentos.
Ya lo hemos informado y lo reiteramos el día de hoy: programa de Protección Civil para obra de demolición, en primer lugar. Programa de Demolición del Inmueble avalado por un Director Responsable de Obra, y/o corresponsable en Seguridad Estructural.
Tres: Fe de hechos del estado de las colindancias. Cuatro: programa de protección a colindancias. Cinco: póliza de responsabilidad civil, que cubra daños a terceros, previo al inicio de los trabajos.
Esto está aquí perfectamente establecido, en este documento. Se informa a la alcaldía; el particular solicitó adherirse al acuerdo de facilidades en lo que toca a lo que la Comisión para la Reconstrucción puede determinar, estas facilidades proceden.
¿Cuáles son esas facilidades? Ya lo hemos mencionado: es la exención de algunos pagos de derechos y de algunos trámites secundarios.
Sin embargo, la alcaldía debe revisar, como se señala aquí, lo que le corresponde conforme a derecho. Todo eso está además especificado, en la leyenda al final, que indica todos los preceptos de ley que deben ser seguidos.
Es también importante mencionar, que el 11 de noviembre de 2025, la alcaldía comunica a la Comisión para la Reconstrucción, en este documento que también hemos difundido y que es público, que está firmado por la Directora General de Obras y Desarrollo Urbano.
Lo leo, es público. Lo pueden ustedes leer, revisar, escudriñar. Comunica que se ha dado por enterada del inicio de la obra.
También da cuenta, el 12 de noviembre, que ha verificado que la empresa presenta el dictamen inicial —que también ya hemos mencionado múltiples veces, del Instituto de Seguridad para las Construcciones del 2018— en el que se indica que el edificio es de alto riesgo estructural y debe ser demolido.
También da cuenta de —para también aquí aclarar algunas cosas— da cuenta, de un dictamen técnico de la Secretaría de Planeación y Ordenamiento Territorial, que se refiere específicamente a que el inmueble no está catalogado por su valor patrimonial o no está en un área de conservación patrimonial, aunque no hay objeción al respecto. Y también, un dictamen del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, donde se señala que el edificio no está catalogado.
Se señala, como nosotros le indicamos, que la alcaldía estará atenta a que coloquen una manta, donde dice que ese inmueble fue afectado por el sismo del 19 de septiembre y está siendo demolido con recursos propios, a través de las facilidades administrativas otorgadas a la Comisión para la Reconstrucción, en el marco de la normatividad vigente. Donde eso también incluye, por supuesto, la aplicación del Reglamento de Construcciones.
Ese mismo oficio señala muy puntualmente, cómo la alcaldía sabe, que tiene que asegurarse que la empresa cuente con lo que les pedimos que se debía asegurar.
Esto da cuenta, de que la información sobre el inicio de las obras está ahí. La obra inició el 12 de noviembre, según lo que la alcaldía nos informa. A partir de ese momento, debió ejercer por tanto, las facultades, las obligaciones, que le obliga la ley.
Quiero señalar algo que nos llama la atención. En sus redes sociales, la titular de la alcaldía difundió unos días después, o un día después de la tragedia, este documento. Está en sus redes sociales. Es un documento que, ya hemos señalado, no tiene firma.
Y no solamente eso. Aquí se advierte que tiene una fecha: dice 30 de septiembre, en lo que parece ser un borrador o un documento recién hecho, no lo sabemos.
Tiene una anotación —eso está en las redes sociales y ellos mismos lo difundieron—, una marca que dice: 17 de octubre de 2025.
Ante el señalamiento por parte de algunos legisladores, de que este documento no tenía firma, ella exhibe posteriormente, también en sus redes sociales, esta hoja; que no incluye la primera hoja, es una hoja de un documento, el mismo documento, donde aparece ya una firma.
Señalar, muy importante, señalar, que este documento, por lo que podemos leer en sus distintas versiones, no es la negativa a una licencia de demolición. Es un documento, que ustedes podrán leer, pueden leer, es una prevención.
Es un documento donde le pide a la empresa propietaria o al fideicomiso 777, propietario del edificio, que recibe su petición y que debe ingresar más documentos. Aquí se señalan memoria fotográfica; que deberá presentar el formato de solicitud para la constancia de publicitación vecinal; deberá presentar los planos del proyecto de demolición.
Y luego le da 5 días hábiles para que lo haga. Ese documento nos sigue llamando la atención.
El día de hoy, en la conferencia de prensa que ustedes conocieron, el documento que tiene una fecha, primero, de 30 de septiembre sin firma; luego, una anotación que dice 17 de octubre. Dice aquí, en la presentación de la propia alcaldía: el 26 de septiembre la alcaldía pide requisitos para la empresa de demolición. Ojo: no niega la autorización o licencia.
Sin embargo, esto aquí dice: 26 de septiembre —en la presentación de la alcaldía—, el documento señalado, que sigue siendo la misma prevención, no una negativa, viene con fecha 17 de octubre.
Entonces: 30 de septiembre, 17 de octubre, 26 de septiembre; un sello de entregado a alguna área del Gobierno, el 4 de diciembre.
Esto tiene que ser revisado, aclarado. Creemos que es importante que en la alcaldía se revisen sus propios procedimientos, a través de sus órganos internos de control, para que esto sea más puntual.
En resumen: el Gobierno de la Ciudad de México ha actuado con estricto apego a derecho, cumpliendo con todos los procedimientos legales y administrativos, a los que está obligado.
Hemos informado sobre ello desde el primer momento y seguiremos atentos a la investigación que ya lleva a cabo la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; espacio, ámbito, en el cual se deben presentar las pruebas documentales necesarias, para deslindar responsabilidades.
Estamos atentos a ello y hacemos entonces, para finalizar, un llamado a que todas y todos rindamos cuentas con absoluta transparencia y responsabilidad, para que hechos como éste, no vuelvan a ocurrir.
Es cuánto, estamos a sus órdenes.
PRESENTADORA: Buenas tardes. Damos inicio a esta conferencia de prensa. Nos acompañan, el secretario de Vivienda, licenciado Inti Muñoz Santini; el director general del Instituto de Verificación Administrativa, maestro Jorge Salvador Esquinca Montaño; el director general Operativo, arquitecto Víctor Fabián Olvera Toledo; el director del Programa de Reconstrucción, arquitecto Ernesto Noriega, así como también, el comisionado ejecutivo de Atención a Víctimas de la Ciudad de México, Ernesto Alvarado Ruiz.
Cedemos el uso de la voz, al secretario de Vivienda.
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